Restricciones Aduana de Cuba

  • Artículos ocultos para burlar el control aduanero.
  • Artículos que por su cantidad e independiente a su valor tengan un carácter comercial.
  • Productos que tengan un valor arancelario superior a los 100.00 m/n.
  • Dinero en efectivo y valores de cualquier tipo.
  • Pornografía de cualquier tipo u otras literaturas que atenten contra la moral o el orden interior.
  • Frutas, vegetales y cereales frescos.
  • Partes de cualquier tipo de plantas (hojas, ramas, raíces, tallos, tubérculos).
  • Semillas botánicas y agámicas.
  • Animales vivos, texidermiados excepto caninos y felinos.
  • Carnes congeladas refrigeradas y frescas de cualquier tipo.
  • Embutidos y jamones.
  • Productos biológicos (vacunas, medios diagnósticos o sueros de uso animal).
  • Productos lácteos, lácteos sin marcas reconocidas o re envasados.
  • Medicamentos en envases no originales.
  • Drogas, estupefacientes y sustancias psicóticas y alucinógenas, salvo las de uso médico acompañadas por una prescripción médica.
  • Explosivos.
  • Armas de Fuego y Municiones.
  • Hemoderivados.

 

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